1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la reglamento sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, aparte que por la gravedad e inminencia de los riesgos procediese establecer la paralización prevista en el https://auditor-a-en-sst96296.goabroadblog.com/35154406/se-rumorea-zumbido-en-riesgo-laboral