1.º Ser de plazo posterior siempre que no se hubiesen podido confeccionar ni obtener con anterioridad a dicho momento procesal. Luego, el plazo presentar la demanda laboral de petición de cantidad por salarios y horas extraordinarias impagadas será de 1 año desde el devengo de las cantidades que fueran exigibles. https://rafaelrkevm.blogpixi.com/35767269/la-última-guía-a-demanda-laboral-contrato-realidad