La ordenamiento de los medios necesarios para el crecimiento de las actividades preventivas se realizará por el empresario en función del volumen de trabajadores expuesto y la magnitud y categoría de los riesgos, con arreglo a alguna de las modalidades siguientes: Concretamente, la Directiva 89/654/CEE, de 30 de noviembre, establece https://beckettuyabe.csublogs.com/42119376/un-arma-secreta-para-empresa-en-seguridad-y-salud-en-el-trabajo